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Planes estratégicos de seguridad vial, verdadera utilidad en la empresa

Por 14 diciembre, 2017julio 19th, 2018Sin categoría

El decreto 2851 de 2013 y la resolución 1565 de 2014, fueron creadas con el fin de disminuir la accidentalidad cuando las empresas que posean, fabriquen, ensamblen, comercialicen, contraten o administren más de 10 vehículos o personal de conductores, adopten medidas de seguridad que sea de gran utilidad para fomentar educación que genere mayor seguridad en las vias.

Accidente de trabajo: es todo suceso repentino que sobrevenga con causa u ocasión del trabajo y produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psíquica, una invalidez o la muerte. Así como el que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún por fuera del lugar y horas de trabajo; igualmente el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo y viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. (Decreto 1072 de 2015 Reglamento

Accidente de tránsito: es un evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en él e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho. (Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito y Transporte).

 

Normatividad colombiana

Los referentes normativos son simples, viene del compromiso adquirido con la Organización Mundial de la Salud, conocido como; el “Plan Mundial para el Decenio de Acción para la seguridad Vial y posteriormente en Colombia se generó la” Ley de Educación Vial, Ley 1503 de 2011, por el cual se proyectan soluciones en materia de legislación, donde resalta la “Guia Metodológica de Elaboración de los Planes estratégicos de Seguridad Vial” Resolución 1565 de 2014.

El objetivo previo del Ministerio de Transporte es crear los mecanismos necesarios para reducir las victimas mortales y heridos que desencadenan los Accidentes de Tránsito. Las cifras Según el Instituto Nacional de Medicina Legal en Colombia, se reportaron 52.536 casos atendidos por accidentes de transporte durante el año 2016; las lesiones fatales corresponde a 7.280 personas fallecidas y las no fatales reportan un total de 45.256 personas lesionadas para ese año.

 

Consideraciones de seguridad y contenido teórico

El desarrollo de cada una de las actividades en nombre de una empresa, de cara a un desplazamiento en misión del cargo del empleado, ya sea como peatón, ciclista, motociclista o automovilista, deben ser administradas por la compañía y tomar las medidas de control frente al riesgo vial.

La legislación colombiana en el ámbito de seguridad y salud en el trabajo, son un bastión importante para la caracterización del riesgo según el Ministerio del Trabajo, donde su determinación por la adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo decente, a través un sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control; así como del entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales y aún más en la profesión o actividad laboral como conductor.

La finalidad del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), es definir los objetivos y las acciones o intervenciones concretas que se deben llevar a cabo para alcanzar los propósitos en materia de prevención de los accidentes de tránsito, facilitando la gestión de la organización al definir las áreas involucradas, los responsables y los mecanismos de evaluación y seguimiento en función del cumplimiento de las actuaciones definidas.

 

Fuentes

  • Plan Mundial para la Seguridad Vial 2011-2020 / ONU:
  • Decreto 2851 de 2013
  • Resolución 1565 del 2014
  • Decreto 1072 de 2015
  • Secretaria de Movilidad de Bogota.

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