Un tercio de los accidentes simples ocurre por la imposibilidad de detener el vehículo por una maniobra brusca del de adelante.
Tal vez el ritmo de los tiempos modernos y sus consecuentes afanes hacen que, en lo que se refiere a la conducción, algunas personas manejen prácticamente parachoques contra parachoques.
Lamentablemente esta práctica lo único que hace es elevar el riesgo de accidente porque, ante una frenada súbita de quién antecede, no deja el suficiente tiempo de reacción de quien precede, con la consecuencia de un muy seguro choque por alcance.
No mantener la distancia de seguridad se traduce en choques por alcance que, según el departamento de Seguridad Vial de Cesvi Colombia y la ANSV, significan el 30,7% de la totalidad de accidentes simples en lo transcurrido del año, y que suelen catalogarse bajo la Hipótesis 121 en el informe policial, se sustentan en la imposibilidad de detener el vehículo ante una maniobra brusca del vehículo de adelante.
Errare humanum est
Reaccionar ante un evento implica un tiempo que se puede medir desde la percepción de los sentidos, el viaje a la corteza cerebral y la respuesta, que generalmente puede relacionar el sistema muscular con movimientos bruscos o respuestas compulsivas simples o compuestas, entre otros.
Estos tiempos de reacción pueden encontrarse entre 0,8 y 1,2 segundos, dependiendo de muchos aspectos, como la atención, edad, consumo de cafeína, medicamentos, alcohol y drogas entre otros factores. Así, se tiene que:
• Con 1% de concentración de alcohol en la sangre el tiempo de reacción de un individuo, puede aumentar 26%.
• Con respecto al consumo de drogas se puede presentar un 10% de aumento.
• Medicamentos contra la ansiedad y el insomnio pueden conllevar reacciones tardías entre un 5 y 10% por encima de lo habitual.
• Y el aumento en la edad del conductor (60-70 años), conlleva un 20% de aumento sobre el tiempo de reacción de una persona de 20 años.
El punto es que en ningún caso hay lo que se llama “reacción inmediata” y, en cualquier caso, hay cierta medida de tiempo que, en función de la velocidad de marcha del vehículo, desemboca en un a distancia crucial para evitar el accidente.
Si se viaja en un vehículo a 30 km/h y entre la percepción del peligro y la reacción de pisar el freno una persona se toma 1 segundo, sucede que la detención comenzará en 8,3 metros. Pero si la velocidad aumenta:
Cabe anotar que estas distancias recorridas no dependen de las características de los neumáticos o del sistema de frenado, pues durante este lapso no se está realizando ninguna maniobra: el cuerpo solamente está validando el tipo de respuesta va a generar.
Pero si se considera el tiempo de reacción de los elementos mecánicos del vehículo, durante una maniobra de frenado (como la desaceleración con bloqueo de neumáticos), desde la habitual reacción en el pedal hasta que el vehículo comienza la maniobra de detención, consume aproximadamente 0,5 segundos adicionales, por lo que los datos se amplían y aumentan a una distancia total:
Esto significa que, circulado a 60 km/h, desde la percepción de un peligro hasta la detención, lapso en el que no se está realizando detención en el vehículo, se pueden recorrer unos 45 metros (1/2 cuadra), mientras que a 100 km/h, la relación es del orden de 97 metros (mayor a una cuadra). Cabe aclarar que en piso húmedo o material suelto se pueden aumentar estos valores.
Visto de otra forma, a menor velocidad, menor distancia recorrida y, por consiguiente, menor trayectoria dentro de la cual no es posible realizar maniobras durante el tiempo de reacción.
Lo reglamentario
En el artículo 108 del Código nacional de Transito (CNT) consta sobre la Separación entre vehículos que:
“La separación entre dos (2) vehículos que circulen uno tras de otro en el mismo carril de una calzada, será de acuerdo con la velocidad.
– Para velocidades de hasta treinta (30) kilómetros por hora, diez (10) metros.
– Para velocidades entre treinta (30) y sesenta (60) kilómetros por hora, veinte (20) metros.
– Para velocidades entre sesenta (60) y ochenta (80) kilómetros por hora, veinticinco (25) metros.
– Para velocidades de ochenta (80) kilómetros en adelante, treinta (30) metros o la que la autoridad competente indique.”
En cualquier caso, el conductor debe atender al estado del suelo, humedad, visibilidad, peso del vehículo y otras condiciones que puedan alterar la capacidad de frenado de éste, manteniendo una distancia prudente con el vehículo que antecede.
Además, en zonas de concentración de personas, escolares, y deportivas, los peatones suelen ingresar a las vías sin prever la proximidad de los vehículos, y en muchas ocasiones ‘a la sombra’ de elementos que restringen visibilidad a los conductores, impidiendo que se percaten con tiempo suficiente, por lo que muchas veces no es posible evitar el accidente.
Lo anterior sugiere y establece que en esas zonas específicas la circulación sea máximo de 30 km/h, pues a menor velocidad menor distancia recorrida.
Gracias por su interés en la seguridad vial. Por favor cite a Cesvi Colombia como fuente de la información.