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El alcohol en la vía no va

Por 15 diciembre, 2017julio 19th, 2018Sin categoría

Los actores viales son responsables de las acciones luego de consumir bebidas alcohólicas, ya sea como conductor o peatón. Además de arriesgar la vida y la de otras personas, son varias las normas que se han endurecido en los últimos años, para castigar a quienes incumplen la normatividad de cero alcohol en las vias.

Definiciones

Alcoholemia: cantidad de alcohol que tiene una persona en determinado momento en la sangre.

Alcoholimetría: examen o prueba de laboratorio, por medio técnico, que determina el nivel de alcohol etílico en la sangre.

Alcoholuria: examen o prueba de laboratorio u otro medio técnico, que determina el nivel de alcohol etílico en la orina.

Alcohosensor: sistema para determinar alcohol en aire exhalado.

Vehículo: todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público.

 

Normatividad colombiana

Para los conductores de vehículo en el país esta es la normativa actual.

Grado de alcoholemia. 0 1 2 3 Por no permitir la realización de la prueba.
Mg de etanol/ 100 ml de sangre. 20-39 40-99 100-149 150 Igual que el grado (3), por (3) vez de reincidencia.
Suspensión de licencia de conducción en años. 1 3 5 10 Cancelación
Multa en salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv 2017) $ 24,590. 90 180 360 720 1440
Acciones comunitarias intensidad de horas. 20 30 40 50 90
Inmovilización del vehículo por dias. 1 3 6 10 20

 

La legislación colombiana ha dado grandes pasos en este sentido, se ha vuelto muy poco tolerante siendo consecuente con el objetivo de disminuir los accidentes de tránsito.

Consideraciones de seguridad 

De acuerdo a un estudio realizado por Cesvi Colombia, desde la primera ingesta de alcohol se puede evidenciar perdida de la motricidad y concentración, siendo más evidente en aquellas personas que por su contextura física y características fisiológicas se vieron más afectadas por el consumo del alcohol.

El consumo de una sola cerveza podría generar en el cuerpo de una persona, un grado de alcoholemia 0 que se encuentra penalizado por la ley, es por eso que así sea muy poco el licor a consumir, se debe entregar las llaves y desistir de conducir cualquier tipo de vehículo, inclusive de salir a las vías, ya que podría ocasionar un accidente de tránsito.

El consumo de alcohol afecta todos los sentidos, es por eso que siendo conductor pasajero o peatón, podría incurrir en alguna conducta que pone en riesgo su vida y la de otras personas.

Según la dirección general de tráfico, en el mundo el alcohol en la conducción a generado 1.500.000 muertes y 50.000.000 de heridos, es una cifra escalofriante sabiendo que es algo que se pudo evitar con un decisión distinta a la que se tomó.

Cuando una persona haya consumido alcohol debe indudablemente de espera a que los efectos del mismo pasen, para saber algo respecto a este tiempo que debemos pasar antes de salir en condiciones óptimas a la vía existen modelos que contemplan la cantidad y tiempo de ingesta, si bien es cierto los resultados serán variables para cada persona, pero queremos mostrar el desarrollo en una línea de tiempo de una persona que ingiera alcohol durante un tiempo y después se duerma durante otro tiempo.,

En la gráfica anterior se puede ver que el individuo consume alcohol durante 3 a 4 horas, el alcohol en sangre sube rápidamente durante las primeras horas, pero tarda mucho más en salir del cuerpo, para una ingesta en la que se llegue a un grado 3 de alcoholemia deberíamos esperar casi 19 horas para estar en condiciones adecuadas para poder salir a la vía nuevamente.

 

Recomendaciones

  • No estar en las vías si se ha consumido alcohol recientemente, hacerlo solo hasta que los efectos del mismo hayan desaparecido.
  • Hacer uso de las vías siempre con un sentido de prevención, minimizando así cualquier error o imprudencia que cometa algún otro actor vial.

 

Fuentes

Ley 769 de 2012 Código Nacional de tránsito terrestre
Ley 1696 de 2013 (publicada en el diario oficial 49009)
Ley 1548 de 2012 (estados de embriaguez)
http://www.dgt.es/PEVI/documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas/alcohol.pdf
https://www.vice.com/es_mx/article/7by8qg/cual-es-la-forma-mas-segura-de-regresar-a-tu-casa-cuando-estas-ahogado

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