No sobra repetirlo: en vías multicalzada, el carril de la derecha es para transitar y, el de la izquierda, para adelantar.
Bogotá, 25 de octubre de 2017.- La maniobra de adelantamiento es una de las principales causas de accidentalidad en Colombia, dice el más reciente informe Forensis del Instituto de Medicina Legal, y sin embargo todavía se ven algunos temerarios que lo realizan en curva.
Dice el Código Nacional de Tránsito que el adelantamiento es la “Maniobra mediante la cual un vehículo se pone delante de otro vehículo que lo antecede en el mismo carril de una calzada.” Luego, un adelantamiento es una maniobra que consiste en sobrepasar por la izquierda a otro vehículo que circula en el mismo sentido, pero con velocidad inferior y adelante. El Código Nacional de Tránsito se refiere a la maniobra de adelantamiento en tres artículos:
Artículo 61. Vehículo en movimiento. Todo conductor de un vehículo deberá abstenerse de realizar o adelantar acciones que afecten la seguridad en la conducción del vehículo automotor, mientras éste se encuentre en movimiento.
Artículo 68. Utilización de los carriles. Los vehículos transitarán de la siguiente forma:
• Vía de sentido único de tránsito: en aquellas vías con velocidad reglamentada para sus carriles, los vehículos utilizarán el carril de acuerdo con su velocidad de marcha. En aquellas vías donde los carriles no tengan reglamentada su velocidad, los vehículos transitarán por el carril derecho y los demás carriles se emplearán para maniobras de adelantamiento.
• Vías de doble sentido de tránsito: De 2 carriles: por el carril de su derecha y utilizar con precaución el carril de su izquierda para maniobras de adelantamiento y respetar siempre la señalización respectiva.
• De 3 carriles: los vehículos deberán transitar por los carriles extremos que queden a su derecha; el carril central sólo se utilizará en el sentido que señale la autoridad competente.
Artículo 73. Prohibiciones especiales para adelantar otro vehículo: No se debe adelantar a otros vehículos en los siguientes casos: en intersecciones, en los tramos de la vía en donde exista línea separadora central continua o prohibición de adelantamiento, en curvas o pendientes, cuando la visibilidad sea desfavorable, en las proximidades de pasos de peatones, en las intersecciones de las vías férreas, por la berma o por la derecha de un vehículo y en general, cuando la maniobra ofrezca peligro. Los adelantamientos se pueden realizar utilizando carriles de sentido contrario al de circulación, siempre y cuando la señalización horizontal lo permita, pero existen vías en las que hay habilitado un carril adicional para realizar esta maniobra (como en la vía al Llano, en los sectores de Guayabetal y Chipaque).
Comportamiento del conductor adelantado
En las maniobras de sobrepaso no falta el conductor infantil que en un ‘arrebato montoyístico’ le da por acelerar para conservar la posición. A estos peligrosos ejemplares de la detestable fauna automotriz nacional, así como a los que simplemente no dan paso a pesar de su vertiginosa velocidad de tortuga, junto a los buses y tractomulas que transitan de a cinco en fondo, el futuro Código Nacional de Tránsito y sus agentes fiscalizadores deberían dedicarles un artículo.
En todo caso el conductor del vehículo adelantado debe dar las máximas facilidades para dar paso a cualquier vehículo cuya velocidad es mayor, y más si la vía es de calzada sencilla; además, advertir de los posibles peligros que puedan dificultar el adelantamiento, aproximarse al lado derecho dejando suficiente espacio para el adelantamiento, indicar al que va detrás que puede adelantar con las señales como el brazo extendido horizontalmente moviéndolo de atrás hacia adelante o encendiendo la direccional de la izquierda.
Durante la maniobra de adelantamiento el conductor del vehículo adelantado no debe hacer movimiento alguno que entorpezca o impida el sobrepaso, ni debe aumentar la velocidad.
¿Cuándo NO realizar un adelantamiento?
Todo tiene un límite y mucho más cuando la visibilidad no es suficiente para adelantar. Esto incluye el sobrepaso detrás de otro vehículo que realiza la misma maniobra, simplemente porque no se logra anticipar si algo o alguien viene en sentido contrario.
Es de simple sentido común no intentar adelantamientos si se entorpece o pone en peligro a ciclistas o cualquier otro actor de la vía que circule en sentido contrario. Por cierto, donde existan restricciones explícitas en la señalización que prohíban la maniobra, como señalización horizontal y vertical, tampoco se debe realizar.
El punto clave aquí es transitar a la suficiente distancia de quien lo antecede como para poder mirar con comodidad las líneas de la vía.
Gracias por su interés en la seguridad vial. Por favor cite a Cesvi Colombia como fuente de la información.