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APLAZAMIENTO DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS PRESENCIALES

Por 25 marzo, 2020Sin categoría

Bogotá D.C. marzo 25 de 2020.

 

La declaración como pandemia del COVID-19 ha llevado al país a tomar medidas de aislamiento social preventivo para evitar su propagación masiva. En CESVI COLOMBIA hemos implementado los planes de contingencia necesarios con el fin de acatar lo dispuesto y preservar la salud de nuestros colaboradores y la de nuestros clientes.  

 

CESVI COLOMBIA S.A identificado con el NIT 830.038.753-3 certifica que en virtud del “Artículo 1. Aislamiento”, del Decreto número 457 de 2020, mediante el cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, informamos nos vemos obligados a aplazar las actividades y servicios presenciales dado que no se encuentran estipuladas dentro de las excepciones del “Articulo 3. Garantías para la medida de aislamiento preventivo obligatorio” del Decreto 457 de 2020.

 

Continuaremos respondiendo las inquietudes y necesidades a través de nuestra página web y demás canales habituales de comunicación y atención.

 

Servicio al cliente

PBX: (+57) 1 742 06 66  Ext. 229 – Cel: (+57) 313 411 65 28

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